Categorías
Sucesión

Mi familiar murió intestado ¿qué hago?

Ante la realidad de la muerte de un ser querido surgen diversas implicaciones. Si la persona fallecida no contaba con un plan para el final de la vida y entre su falta no otorgó un testamento, significa para los familiares sobrevivientes iniciar diversas actividades y entre ellas comenzar un juicio de intestado. Si este es el caso, a continuación, se presentan algunos consejos:  

Cada sucesión es diferente. Antes de proceder con cualquier acción, se debe de considerar que cada sucesión dependerá de diversos factores. Derivado de ello, la estructura del patrimonio, la edad de los herederos, la cordialidad entre la familia e inclusive el modelo de convivencia entre el difunto y su pareja, serán elementos que faciliten o que compliquen el proceso que se tiene por delante. Cualquiera que sea el caso, los interesados pueden acercarse con un Notario para empezar el proceso y de ahí discernir los siguientes pasos.

Cuentas bancarias o seguros de vida. Es importante considerar que existen elementos que tienen independencia al testamento. Cuentas bancarias, de ahorro, de inversión, de pensión o seguros de vida cuentan con beneficiarios nombrados en el contrato. Los familiares deberán de acercarse a las instituciones respectivas para reclamar estos bienes. Si bien, conocer las claves digitales y tener la posesión de tokens o tarjetas puede dar acceso temporal a las cuentas, la reclamación ante la institución lo hace de manera definitiva. En el caso de no tener la certeza sobre la existencia o ubicación de posibles cuentas o pólizas de seguros, los familiares pueden acercarse a instituciones que presten el servicio de búsqueda de estos valores. Para el caso de México existe la CONDUSEF.

Beneficios por viudez u orfandad. En el caso de que el difunto contara con derechos de seguridad social (IMSS, ISSSTE o similares), estas instituciones consideran entre sus beneficios las pensiones por viudez u orfandad. De ser el caso, es importante acercarse a la dependencia correspondiente para conocer los requisitos y, en su caso, la aplicabilidad de este derecho.

Títulos de propiedad y facturas. Existen documentos que respaldan la posesión de un bien. Es importante localizar estos documentos entre las posesiones personales del difunto. Facturas y otros títulos serán imprescindibles para poder disponer libremente de algunos bienes como lo pueden ser autos u otros bienes muebles. 

Otros Activos. Entre los bienes que son sujetos de sucesión se encuentran la propiedad intelectual, derechos, activos digitales o inclusive arte y colecciones. En cada caso será necesario contar con la documentación, títulos o cualquier respaldo aplicable para poder hacer la reclamación legítima de la posesión del bien.

Carpeta final o carta de indicaciones. Si entre las posesiones que dejó el difunto se encuentra alguna carta de instrucciones o indicaciones post mortem, este es un excelente lugar para comenzar.

Evítale este problema a tu familia. Establece tu propio plan para el final de la vida y evítale a tu familia la pena por la que estás pasando. En este blog, así como en el libro morir chingón, podrás aprender más acerca de este tema y también acerca de cómo construir ordenadamente un plan eficaz para el final de la vida que salvaguarde la dignidad personal y el bienestar de la familia.

Categorías
Sucesión

¿Qué hacer si heredamos una casa desordenada?

Si bien recibir una propiedad en herencia puede resultar en un beneficio a largo plazo, lo cierto es que también acarrea estrés y tareas extras, sobre todo si la persona fallecida no se tomó el tiempo de planificar para el final ni tampoco tuvo la empatía de dejar ordenado su hogar. Es importante considerar que además del tiempo dedicado a ordenar la propiedad para venta, renta o cualquiera que sea el uso que planifiquemos darle, también tenemos que dedicar tiempo al procesamiento de la pérdida del ser querido y los efectos emocionales que nos provoca. A continuación, algunos consejos para abordar esta actividad de manera más efectiva:

Evitar comprometerse a más de lo que se puede manejar. Si la propiedad está llena de pertenencias y no necesariamente en orden, es buena idea solicitar apoyo a familiares y amigos de confianza para que ayuden en la tarea. Terceras personas no sólo aportan manos extras, sino que también pueden contribuir con una opinión objetiva sobre lo que es valioso conservar y lo que no.

Heredar una propiedad no significa conservar todo lo que hay dentro. Si existiese alguna indicación o instrucción del difunto sobre cómo proceder con ciertas pertenecías, esta es una buena guía. Si no, clasificar, separar y marcar los elementos a conservar es importante. De la misma manera, seleccionar aquellos que pueden colocarse entre otros amigos o familiares y finalmente aquellos que pueden irse a caridad y otros de plano descartarse. 

Evitar contratar espacio de almacenamiento. Si no se encuentra espacio para almacenar las cosas que esperan ser colocadas, podemos caer en la tentación de buscar un espacio comercial donde almacenarlas temporalmente. Estos espacios pueden resultar onerosos y su uso extenderse más allá de lo previsto. Es mejor considerar primero otras opciones o hacer una evaluación objetiva sobre su conveniencia y costo-beneficio.

Identificar documentos importantes. Adicional a seleccionar y clasificar pertenencias, es importante dedicar tiempo a papeles y documentos dentro de los cuales puede haber documentación oficial o importante que será necesario conservar.  Lo mismo ocurre con información digital que puede ayudar a ubicar patrimonio, a cerrar ciclos abiertos o a dar continuidad a asuntos importantes.

Siempre hay basura. Una vez seleccionado lo importante, es natural que haya cosas que no puedan colocarse y deberán de descartarse. Estar abierto y listo para llenar bolsas y cajas con basura es fundamental. Una buena guía es la intuición, si algo parece basura, seguramente lo es. No obstante, no hay que dejar que la prisa obligue a descartar elementos sin ser debidamente revisados, sobre todo la documentación.

Revisar de nuevo la carpeta final o carta de instrucciones si hay una. Una nota, carta de instrucciones o indicaciones contiene información importante que es conveniente asegurarse que se revisó por completo y que no quedó nada en duda o pendiente. 

Evita a tus familiares el mismo problema. La tarea de limpiar y ordenar los asuntos y el hogar antes de morir resulta ser un acto generoso que le ahorrará tiempo y estrés a la familia. Puedes leer sobre este tema en este mismo blog o en el libro Morir Chingón que precisamente aborda de manera integral el tema de la previsión para el final de la vida.

Categorías
Sucesión

Mes del testamento

Desde hace casi 20 años dio inicio la campaña del “mes del testamento”. Esta iniciativa busca promover el otorgamiento de testamentos entre los mexicanos y fomentar con ello una cultura de previsión. Desde hace casi dos décadas septiembre ha sido el mes en donde se nos brinda asesoría jurídica gratuita en materia testamentaria además de que se reducen los costos que implican otorgar un testamento. En algunos estados inclusive este beneficio se extiende hasta octubre. Ya inició septiembre y esto representa una extraordinaria oportunidad para acercarse a una Notaría y otorgar ese documento tan importante que está pendiente en la gran mayoría de las familias mexicanas.

En la página www.morirchingon.com podrás leer más acerca del testamento y sus beneficios. Sin embargo, podemos decir brevemente que al hacer un testamento heredamos certidumbre a nuestros seres queridos en lugar de problemas. Les evitamos entre otras cosas mayores gastos, pérdida de tiempo y estrés. Hacer un testamento junto con un plan integral para el final de la vida no sólo es una acción sensata, sino que también resulta ser un acto generoso.

Categorías
Sucesión

La familia del siglo XXI y el testamento

La gran proporción de mexicanos, y de otras nacionalidades alrededor del mundo, no tienen un testamento ni tampoco ningún tipo de plan o voluntad con respecto al final de la vida. Con esta actitud generalizada, la familia queda completamente vulnerable y más aún considerando que la familia de hoy no necesariamente es parecida a la familia de hace algunas décadas.

La probabilidad de morir sin testamento supera el 90% lo que significa que la gran mayoría de las familias mexicanas no gozarán de esta protección. En el caso de morir intestado, la familia tendrá que confiar en el sistema legal, el cual no siempre coincidirá con la que hubiera sido la voluntad del finado. Si bien la ley intenta establecer a los herederos por jerarquía y conseguir con ello una sucesión lo más justa posible, no siempre será así. Los herederos designados por la ley, típicamente serán aquellos familiares en línea directa como lo pueden ser la pareja, los hijos e inclusive otros parientes consanguíneos. No obstante, familiares no biológicos o no relacionados legalmente rara vez recibirán la atención de la Corte a no ser que estén nombrados en un testamento. La ley actual está básicamente diseñada para la típica familia de mediados del siglo XX. Sin embargo, la familia ha cambiado en las últimas décadas y hoy es común encontrar parejas que no se encuentran casados, parejas del mismo género, parejas con hijos en convivencia de relaciones previas, abuelos criando nietos o tíos haciéndose cargo de sobrinos por mencionar sólo algunos.

Hoy, estos miembros de las familias no tradicionales pueden llegar a quedar en un cruel limbo legal cuando el familiar a cargo fallece. Es poca la atención legal que reciben los hogares con una estructura no tradicional y esto representa un riesgo relevante a la familia y en estos casos, se hace ineludible y urgente planificar para el final de la vida y cuidar la dignidad e intereses de todos los involucrados.

Si bien, la familia no tradicional queda más vulnerable ante la muerte, un buen plan para el final de la vida no excluye a nadie y aplica para todas las familias independientemente de como sea su modelo de convivencia. Morir chingón es una lectura al alcance de todos que te ayudará a transitar de manera eficaz por el proceso de planificar para el final de la vida y te ayudará a establecer un plan efectivo.

Categorías
Sucesión

El testamento no es suficiente

Es innegable que el testamento es una pieza fundamental en todo plan para el final de la vida ya que expresa la voluntad del testador y otorga certeza jurídica a los herederos. No obstante, para efectos de sucesión, hay otros documentos que también se deben de considerar y dejar en orden para el día en que lleguemos a faltar.

Cuentas de banco, de ahorro o inversiones, así como pólizas de seguro deben de incluir a los beneficiarios actualizados. Otros documentos como facturas, derechos y otros títulos de propiedad deben de quedar ordenados y a la mano. También es importante cerrar ciclos familiares o personales y completar los trámites pendientes de cualquier índole ya que su omisión puede llegar a entorpecer la sucesión.

En el fondo, lo que se necesita garantizar es la correcta sucesión de los bienes, así como permitir también un proceso de duelo libre de obstáculos o distracciones inútiles. Adicional al sustento jurídico apropiado, también es importante considerar dejar indicaciones claras y pertinentes acerca de los pormenores del patrimonio para asegurar la reclamación de los bienes y la continuidad de los asuntos que lo requieran.

Para conocer más acerca de la planificación para el final de la vida, y no solamente aprender sobre la sucesión sino también sobre las fases terminales y funerarias, puedes adquirir el libro Morir Chingón el cual está enfocado de manera integral en este proceso de previsión tan relevante.

Categorías
Sucesión

Testamento, Legado y la Carpeta final

Un testamento es aquel acto jurídico en donde el testador establece de forma voluntaria la disposición de sus bienes, derechos y obligaciones que surtirá efecto tras su fallecimiento. En este acto se nombran los herederos que pueden ser a título universal o a título particular. Lo primero significa que los herederos reciben el total de la herencia en las proporciones que haya especificado en testador. Por otro lado, a título particular o legado significa que un heredero recibe ciertos bienes de forma directa e independiente del resto de la herencia. Un testamento puede contener una combinación de estos dos esquemas.

Todo testador que desea establecer un proceso de sucesión claro, sin heredar problemas y con el soporte jurídico adecuado, lo hará mediante un testamento. Este documento tan relevante solamente puede otorgarse ante un Notario Público.  Ahora bien, independientemente de que el testamento es un elemento fundamental en todo plan para el final de la vida, es importante tomar en cuenta que no es suficiente y otros elementos o documentos deben de complementar el plan.

Uno de estos elementos se denomina la carpeta final, en ella se detallan indicaciones o instrucciones que serán necesarias para poder dar continuidad a los asuntos del difunto, ubicar el patrimonio o simplemente recibir indicaciones específicas sobre algo en particular como pueden ser personas a quienes contactar, destino de objetos personales o la voluntad sobre las mascotas por mencionar algunos. Un testamento, por ejemplo, no contiene los pormenores de la herencia, la carpeta final sí debe de contenerlos. Adicionalmente, algunos bienes tienen nombrados sus propios beneficiarios, tal es el caso de cuentas bancarias o de pólizas de seguros. Esta información no forma parte del testamento, pero sí debe de formar parte de la carpeta final. En general, La carpeta final es una manera práctica y organizada de dejar las indicaciones y los documentos importantes a la familia.

Para conocer más acerca de la planificación para el final de la vida y los elementos de un plan integral puedes adquirir el libro Morir Chingón, el cual está enfocado en este proceso tan importante e incluye una guía práctica para construir un plan incluyendo los detalles de la carpeta final.

Categorías
Sucesión

¿Puedo cambiar mi testamento?

Sí. El testamento se puede cambiar cuantas veces el testador lo considere necesario. Un testamento no solamente se puede cambiar, sino que debiese de cambiar y actualizarse para adaptarse a la realidad del momento. La vida cambia y con ello el testamento también debe de cambiar.

Recordemos que un testamento es la declaración voluntaria de una persona donde expresa lo que quiere que se haga con sus bienes después de su fallecimiento. El testamento es revocable, lo que quiere decir que puede cambiarse mediante el simple hecho de otorgar un nuevo testamento, así, el testamento más reciente será ahora válido y revocará (reemplazará) a cualquier otro testamento otorgado en fecha anterior. Cualquier notario puede ayudar en este proceso.

Por otro lado, es importante considerar que además del testamento, un plan para el final de la vida debe de contener otros elementos para dar mayor fortaleza y apoyo a todos los involucrados durante esta etapa tan compleja. Morir Chingón es una lectura al alcance de cualquiera que quiera construir un plan integral para el final de la vida que apoye de manera efectiva a todos los involucrados.

Categorías
Sucesión

¿Qué es un albacea?

El albacea es la persona nombrada por el testador (quien otorga un testamento) para que haga cumplir su voluntad en los términos de su testamento. El albacea está obligado a rendir cuentas de su encargo a los herederos y típicamente se trata de una persona física en la que el testador tiene plena confianza sobre su desempeño futuro para hacer cumplir su voluntad. En la práctica, el albacea es el custodio de los bienes dejados en herencia y será el encargado de hacer la distribución de estos entre los herederos y legatarios y su función típicamente termina con el término natural del encargo.

Al ser una persona de confianza del testador, el cargo de albacea suele recaer en algún familiar cercano, e inclusive puede ser desempeñado por alguno de los herederos. El testador puede nombrar albaceas sustitutos en el caso de que el albacea principal llegara a faltar o renunciara al cargo.

Es importante recordar que el testamento es un acto jurídico por el cual una persona (testador) expresa libremente su voluntad sobre disponer de sus bienes, derechos y obligaciones y designa como beneficiarios (herederos) a determinadas personas para después de su muerte. En este mismo acto, se designa al albacea y al albacea sustituto. En caso de herederos menores de edad o incapacitados, también se nombra al tutor y curador quienes se encargarán por velar por los intereses del menor

Al momento de otorgar un testamento, el Notario podrá guiar y aconsejar sobre estos temas y otras dudas que se puedan tener al respecto. Por otro lado, es importante considerar que además del testamento, un plan para el final de la vida debe de contener otros elementos para dar mayor fortaleza y apoyo a todos los involucrados durante el final de la vida.

Morir Chingón es una lectura al alcance de cualquiera que quiera construir un plan integral para el final de la vida que apoye de manera efectiva a todos los involucrados. En este libro, en particular podrás conocer con mayor detalle acerca de los elementos de planificación que son necesarios de acuerdo a las distintas etapas del final de la vida.

Categorías
Sucesión

Mitos del Testamento

El testamento es un acto jurídico que da certeza a los sucesores. No obstante, derivado de la falta de información, se han generado varios mitos o falsedades alrededor del trámite, alcance o las características de un testamento.

A continuación, desmentimos algunos de los más recurrentes:

Es costoso. ¡Falso! Otorgar un testamento no es caro e inclusive hay fechas, como el mes de septiembre en México, donde existen descuentos de hasta el 50%. Más costoso resultará heredar problemas a tus seres queridos.

Es complicado. ¡Falso! Se puede otorgar un testamento de forma sencilla, clara y concreta. Cualquier notario puede fácilmente asesorar en esta tarea.

Es permanente. ¡Falso! un testador puede cambiar su testamento las veces que quiera y adaptarlo a lo que en cada momento de su vida considere oportuno. La vida cambia y con ello, también podemos modificar el testamento según lo consideremos conveniente. El testamento más reciente revoca (reemplaza) los testamentos otorgados con anterioridad.

Solamente es para personas con mucho patrimonio o propiedades. ¡Falso! La cantidad de patrimonio o propiedades no tiene nada que ver con la conveniencia de expresar la última voluntad. Por otro lado, carecer de un testamento es equivalente a heredar problemas.

No puedo vender mis bienes si tengo un testamento. ¡Falso! El testamento sólo es válido para los bienes que se posean al momento del fallecimiento. En vida, el testador puede hacer lo que crea conveniente con sus bienes.

Tabú sobre atracción de la muerte. ¡Falso! El hecho de no hablar sobre la muerte no significa que esta desaparezca. Cuando abordamos el tema del testamento, todas las supersticiones deben de quedar a un lado y sólo debemos centrarnos en lo útil y benéfico que resulta este documento para nuestros seres queridos.

En la práctica, habrá dos maneras de morir: con testamento o sin testamento. Hacerlo sin testamento es equivalente a heredarle problemas a la familia (pérdidas económicas, prolongar el duelo, provocar conflictos, trámites engorrosos, pérdida de patrimonio, etc.) Por otro lado, considera que además del testamento, un plan para el final de la vida debe de contener otros elementos para cuidar la dignidad y dar apoyo y fortaleza a todos los involucrados durante el final de la vida. Morir Chingón es una iniciativa que busca apoyar a resolver el problema que ocasiona la falta de previsión para el final de la vida. Visita la página en internet o adquiere el libro, ambos te guiarán para construir un plan integral y efectivo para el final de la vida.

Categorías
Sucesión

Herederos menores de edad

En caso de que un menor de edad resulte ser heredero, solamente sus padres o tutores pueden representarlo en actos jurídicos. En caso del fallecimiento de uno de los padres, quien les sobrevive puede representarlos ya que conserva la patria potestad de los hijos (aún con padres divorciados). En caso de fallecimiento de ambos padres, nombrar un tutor será necesario y esta persona será la encargada de cuidar a la persona menor y de sus bienes, así como representarlo en actos jurídicos hasta que alcance la mayoría de edad.

El testamento, es el documento idóneo por medio del cual los padres pueden designar a un tutor para sus hijos menores de edad o incapacitados. En este también se puede nombrar a un curador, el cual será la persona que estará obligada a vigilar la conducta del tutor y a dar aviso al juez si detecta algo que resulte perjudicial para el menor o la persona incapacitada. En el caso de seguros de vida o cuentas bancarias, se pueden nombrar beneficiarios menores de edad, pero esto no quiere decir que ellos puedan recibir la suma asegurada o el saldo de la cuenta mientras sean menores. Se requiere especial atención y cuidado en el establecimiento de estrategias que contemplen a menores de edad.

No obstante, el peor plan de sucesión que podemos dejar a nuestros hijos menores de edad es no dejar ninguno. Si en este momento no cuentas con un testamento, tienes trámites o asuntos pendientes o bien, no tienes ordenados los documentos importantes, es urgente que inicies con la tarea de poner al día todo lo que corresponda. Si es necesario, busca ayuda competente para guiarte o aconsejarte en la tarea. Morir Chingón es una lectura al alcance de cualquiera que quiera construir un plan integral para el final de la vida que apoye de manera efectiva a todos los involucrados.